HACIA UN NUEVO CONTRATO
SOCIAL MUNDIAL BASADO EN LA JUSTICIA
Alejandro
Bendaña
Centro
de Estudios Internacionales
Managua,
Nicaragua
(Traducción del texto en
ingles preparado para la sentado en la Conferencia del Premio Africano de Paz:
del Conflicto a la Cooperación: Hacia un Nuevo Contrato Social por la Paz,
Octubre, 2012)
El famoso economista John
Maynard Keynes solía decir : “Cuando cambian los hechos, yo cambio de opinión.
Y usted ¿qué hace?”
En efecto, los hechos mundiales
están cambiando, lo cual exige interrogar opiniones pre-existentes sino también
el paradigma para llegar a cambios tantos de opinión y de acción. Nos permitimos sugerir un paradigma con tres
componentes fundamentales e interconectados.
Lo que se necesita es un
nuevo o renovado pacto mundial de justicia, basado en tres conceptos
fundamentales.
PRIMERO – UN NUEVO CONTRATO
ENTRE LO HUMANO Y LO AMBIENA
La crisis provocada por le
calentamiento global esta a la vista.
Por si fuese necesario
recabar mayor evidencia del cambio climático, los expertos en temas
relacionados con el Ártico llegaron a la conclusión en el mes de septiembre que
el colapso del hielo marino ya se inició y culminará en un periodo de cuatro
años más[i].
El Foro sobre Clima
Vulnerable, celebrado también en septiembre con representantes de unos veinte
países, nos recordó que hoy por hoy ocurren cinco millones de muertes todos los
años a causa de la contaminación del aire, el hambre y las enfermedades, todo como
resultado del cambio climático y las economías de uso intensivo del carbono. Indicaron que, de seguir el actual ritmo de
uso de combustibles fósiles, el número
de víctimas anuales será de unos seis millones de personas en el 2030 y serán
los mas pobres que sufrirán esa descarga al calcular que mas del 90% de los
muertos corresponderá a los llamados países en vías de desarrollo[ii].
Lo increíble es que en
algunos sectores no se quiere admitir lo innegable. Por ejemplo un en la revista ultracapitalista
Forbes se quejan del informe antes
mencionado es que sólo describía los costos pero no hablaba de incentivos. Asimismo, pero ahora desde un ángulo religioso,
el nuevo presidente del subcomité del medio ambiente del Congreso de EE.UU.,
explicaba que el calentamiento global no puede considerarse un problema, puesto
que en la biblia Dios le había prometido a Noé que no habría otra inundación.[iii]
Si en el paradigma existente caben tales perspectivas
desde el poder, entonces en definitiva el recambio es fundamental y tiene que
ser radical. No obstante, con todo y
nuestra insistencia en lo ‘nuevo’, existen pistas históricas radicadas en la sabiduría
de mucho pueblos indígenas que hoy como ayer insisten que la tierra no es algo que
heredamos de nuestros ancestros, sino algo que tomamos prestado de nuestros
hijos/as y sus hijos/as.
El nuev paradigma—otra
visión del desarrollo--, rompe tanto con el régimen del capital como del
marxismo clásico, ya que en ambos la producción y el consumo equivalen a
progreso. Ahora se trata de ponerle freno a ambos, pero en particular a la
producción y al consumo de los ricos, para los ricos y por los ricos.
Ya el paradigma nuevo se
elabora a partir de los esfuerzos realizados por un movimiento mundial que
trabaja para que se reconozca lo que se
viene llamando naturaleza, madre tierra o medio ambiente, como sujeto legal de
derechos y por lo tanto, de leyes de cumplimiento obligatoria.
Los movimientos por los
derechos de la madre tierra nos dicen que TODA la vida tiene derechos
inherentes e inalienables; que el desarrollo humano sólo puede ser sostenible
si las demandas sociales y las necesidades de la humanidad se encuentran en
equilibrio con la necesidad de mantener la integridad, la salud y el
funcionamiento de los sistemas naturales—como asunto de derecho. En otras
palabras, lo que todavía hoy se tolera, debe considerarse un delito ¡también
hoy!
En los sistemas legales de la
mayoría de países, la naturaleza termina siendo objeto y mercancía que se compra,
vende y consume. El marco jurídico
existente tiende a permitir permite que los intereses consumos y de lucro
prevalezcan sobre la naturaleza. El
resultado ecosistemas recargados y en proceso de colapso. En otras palabras no hay equilibrio en el
ecosistema, no hay equidad ni proporcionalidad entre los ‘derechos’
respectivos.
Un paso esencial para lograr
un equilibrio sostenible es la creación de sistemas de pensamiento y de
jurisprudencia en la que la naturaleza y los ciclos de su reproducción se
vuelven como sujeto de derechos y no simplemente de protección. Se trata
entonces no solo romper con la lógica y supremacía del capital, pero también
con el antropocentrismo inherente en los sistemas legales actuales. Reconocer, respetar y hacer respectar los
derechos de la naturaleza.
No se trata de un castillo utópico
en el aire. Hoy por hoy ya existen países con sistemas legales que incorporan
los derechos de la naturaleza. Las nuevas Constituciones de Ecuador y Bolivia
reconocen explícitamente a la Madre Tierra como portadora de derechos. Estas
disposiciones y leyes constitucionales reconocen que las comunidades y
ecosistemas naturales, al igual que los seres humanos, poseen un derecho
fundamental e inalienable de existir, de ser protegidos y de prosperar como
parte de un ‘bien vivir’, tanto de las personas como de la naturaleza. Se obliga al Estado incluso a demandar
compensaciones de parte de los violadores del ecosistema.
Las leyes que rigen los
derechos de la naturaleza eliminan la autoridad de un propietario para
interferir con el funcionamiento de los ecosistemas y las comunidades naturales
existentes, que dependen de la propiedad en que están para poder existir y
prosperar. Estas leyes no detienen el desarrollo, sino más bien exigen un
verdadero desarrollo sostenible en que la propiedad obligatoriamente co-existe
y aporta a la vitalidad del ecosistemas.[iv]
Sin duda, se trata de un
cambio de paradigma. No sólo en el ámbito legal sino también en términos sociales y políticos: un
pacto social ya no solo entre el individuo y el Estado sino también con la
Madre Tierra como tercera parte del contracto social sostenible. Aquí se hace
un llamado a las sociedades (incluyendo las empresas) y a los Estados que como
cuestión de derecho y no únicamente de persuasión, reconozcan explícita y legalmente
los derechos de la naturaleza. La Declaración Universal de los Derechos Humanos
del siglo XX, debe ahora ser parte inherente, inseparable e interdependiente de
otra Declaración Universal abarcando los Derechos de la Naturaleza / Madre
Tierra del siglo XXI, ambas de carácter vinculante, y que ésta también se
traduzca en leyes de obligado cumplimiento.
¿Tarea inmediata de los
Estados en le marco inter-gubernamental? Apoyar a Bolivia y a otros países que encabezan
estos esfuerzos en las Naciones Unidas. Bolivia se ha visto fustigada por los
Estados Unidos y Gran Bretaña en los debates de la ONU sobre el clima a partir
de su exigencia de que los países industrializados reduzcan drásticamente las
emisiones de dióxido de carbono. La
amenaza del buen ejemplo: en la legislación boliviana ya se establecen once
nuevos derechos de la naturaleza, entre los cuales están el derecho a la vida y
la existencia; el derecho a la reproducción de sus ciclos y procesos vitales sin
alteraciones causadas por seres humanos; al agua pura y aire limpio; al
equilibrio; a no ser contaminado; y a que no se modifique o altere
genéticamente su estructura celular. Actualmente se trabaja en el derecho de la
naturaleza a “no verse afectada por megainfraestructuras y proyectos de
desarrollo que perjudiquen el equilibrio de los ecosistemas y de las comunidades que los habitan”.
SEGUNDO – FRENAR LA CONCENTRACION DEL PODERÍO FINANCIERO Y
ECONÓMICO PRIVADO TRANSNACIONAL
Desde la Revolución Francesa
el pensamiento político en occidente ha sostenido básicamente que los Estados como
entidades podían ser gobernados por los hombres (y más recientemente también
por las mujeres) con el propósito de reflejar las demandas y responsabilidades
de sus ciudadanos/as. Pero en Naciones Unidas circulan un documento propositivo
que en esencia concede derechos, no a la naturaleza, sino al capital por encima
de los derechos humanos. La propuesta
hace eco del pensar del reciente candidato a la presidencia de los Estados
Unidos por el Partido Republicano, Mitt Romney, quien opinó “las corporaciones son personas y también tienen derechos”. O bien
el dictamen de Corte Suprema norteamericana otorgando que ha declarado que no
se pueden limitar los “derecho de libre expresión” de las corporaciones y por
ende del uso pagado de medios y propagandistas y hasta políticos profesionales
en defensa de los grandes intereses de la banco y las grandes corporaciones.
Es decir los mismos
conglomerados del capital financiero que impunemente provocaron y agravaron la
recesión económica que vive el mundo están por recibir una luz verde para
‘trabajar’ a su antojo a nivel nacional e internacional.
Todavia algunos recordamos
cuando los países del Sur y sus aliados trabajaban en Naciones Unidas en la
reglamentación de las actividades de las empresas transnacionales. Incluso en
algún momento, una agencia de la ONU se negó a aceptar donaciones de
computadoras por parte de sus fabricantes globales, por temor a que ello
pusiera en tela de juicio su objetividad.¡ Como cambian los tiempos! De manera
que a la vez que banqueros en Nueva York o Londres o Zúrich enfrentan la
posibilidad de ser enjuiciados por las acciones que llevaron al colapso
financiero de 2008, la gran asamblea de gobiernos reunidos en la ONU se presta
a liberar a las grandes corporaciones de su responsabilidad social.
¿Se requiere más evidencia
para demostrar el impacto negativo que tiene la crisis global capitalista en
los seres humanos y, por ende, en sus derechos? ¿Acaso no es obvio que los
Estados individuales no han podido (o querido), en lo general, confrontar a los
conglomerados financieros y comerciales no obstante la protesta de ciudadanos
económicamente arruinados y desempleados? En realidad, no e culpa de la ONU que
no hace mas que reflejar el paradigma dominante expresado por los estados
miembros. La responsabilidad también la
tenemos nosotros como ciudadanos al no exigir en la definición de un nuevo
marco de gobernabilidad global democrática que se imponga a la fuerza
ideológica y material del mal denominado ‘libre mercado’. Lejos de establecer un marco regulador, hemos
permitido más bien un entorno global y nacional que tolera actos ilegítimos
(pero lamentablemente no ilegales), la explotación de recursos que pertenecen a
los pueblos y generaciones futuras.
Como ya lo han señalado
varias organizaciones de derechos humanos, los corporaciones aunque actores
supuestamente ‘privados’ tienen obligaciones legales muy ‘públicas’.[v]
En NN.UU. sin embargo dicha tesis
resulta minoritaria.
Hace algunos años, el
Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas solicitó al Secretario
General de las Naciones Unidas nombrar un Representante Especial para
investigar la relación entre las grandes empresas y los derechos humanos. El mandato del Representante Especial del Secretario
General surgió en tanto los países ricos claves en el Consejo declararon no
pertinente la consideración de un documento borrador titulado Normas y Responsabilidades
de las Empresas Transnacionales y otras Empresas Comerciales en la esfera de
los Derechos Humanos.
El representante especial
ahora presenta sus recomendaciones. Las
mismas fueron alabadas por entes como la Cámara Internacional del Comercio, pero
causó una decepción profunda entre las organizaciones de la sociedad civil que
trabajan en temas de derechos humanos, el medio ambiente y la construcción de
la paz, en particular aquellos que desean limitar la masiva expansión de las
empresas internacionales (incluyendo de seguridad privada).
El profesor David Bilchitz
de la Universidad de Johannesburgo tiene una valoración pormenorizada y bien
argumentada del informe de Ruggie, en la que introduce un argumento normativo sólido
indicando como las obligaciones empresariales deben abarcar no sólo obligaciones
‘negativas’ para evitar causar daños sino también el ‘deber jurídico de
cumplir’ con la obligación de contribuir activamente a la realización de los
derechos fundamentales[vi].
Defensores de los derechos humanos dieron el ejemplo de las grandes firmas farmacéuticas
tenían la obligación de apartar asuntos de patente para responder socialmente a
las necesidades de personas afectadas por el VIH. Se plantea en efecto que no basta que las
empresas simplemente procuren evitar afectaciones negativas de los derechos
humanos, sino que se pasara a la obligación de la promoción empresarial de los
mismos, particularmente en materia ambiental y laboral. La promoción obligatoria de los derechos
económicos y sociales donde quiera que trabajaran dichas empresas—lo cual
evidentemente no siempre calza con el precepto neoliberal de asegurar “el
entorno favorable” para las inversiones y el aseguramiento de tasas altas de
rentabilidad.
Que
pedirle a nuestros gobiernos? Incidir en
el debate sobre el Informe Ruggie que tiene lugar en Naciones Unidas. Demandar la
ampliación del mandato del relator del Consejo de Derechos Humanos y la
especificación de las obligaciones de las transnacionales incluyendo la
elaboración de principios guía al respecto.
TERCERO
– LA SUPREMACÍA DEL ESTADO DE DERECHO Y
EL IMPERIO DE LA LEY BASADOS EN LA JUSTICIA
Hasta ahora hemos
argumentado a favor de un sistema de justicia serio y legalmente vinculante
para regir el comportamiento humano y empresarial de cara al medio ambiente y
los derechos humanos. Tendremos sin embargo que estar concientes del
comportamiento real de los estados poderosos y el uso y desuso que hacen del
derecho internacional. Interpretan e
inventan antojadiza de acuerdo a las coyunturas y necesidades. Al punto que muchos preguntan si para algo
sirve el estado de derecho proclamado cuano la ley, lejos de aplicarse
parejamente, se utiliza solamente contra los débiles, dejando entonces de ser
una salvaguarda contra la injusticia para tornarse en mecanismo de opresión.[vii]
Sin embargo,
intelectos de la talla del historicador socialista E.P. Thompson defendió el
ideal de un estado de derecho como un bien humano absoluto y la necesidad de
emplearle inhibir el mal uso del poder. Argumentó que la historia indicaba que
en aquellos lugares o situaciones en que la ley no servía a la humanidad, las
personas luchaban por reemplazar las leyes injustas con un estado de derecho
que fuera justo. Thompson vinculó la idea de comunidad moral al sostenimiento de los derechos tradicionales de uso en contra
de las leyes modernas de propiedad privada.[viii]
Hoy día, es más
pertinente que nunca la lucha para lograr ese estado de derecho verdaderamente
moral aun cuando algunos han llegado a preguntar si vivimos en un sigle que
desconoce la ilegalidad. Un columnista señalaba que preguntar si quiera si esto
o aquella era legal, se volvia una pregunta necia. ¿La guerra en Libia fue
legal? ¿Los ataques con aviones no tripulados y las listas de personas a ser
asesinadas de manera selectiva son legales?¿Están protegidas las élites
financieras, y se les da el derecho a realizar actos de corrupción legalizados
y enriquecerse a más no poder mientras hay millones de desempleados? Estas son
preguntas, no afirmaciones. Y aquellos que las plantean no son tontos, ni
ingenuos, ni extremistas. En un artículo publicado en el New York Times, un ex presidente de los Estados Unidos escribió que
“las políticas antiterroristas de nuestro gobierno violan claramente al menos
10 de los 30 artículos de la Declaración, incluyendo la prohibición de
“tratamiento o castigo cruel, inhumano o degradante”.[ix]
La crisis
ocasionada por la mala distribución de la riqueza global y la privatización de recursos
que pertenecen a todo el planeta, las ambiciones políticas globales y los
diseños de los países poderosos, y la pesadilla ambiental que nos depara, todas
requieren instrumentos jurídicos renovados o nuevos; instrumentos jurídicos
para llenar o, mejor todavía, transformar la gobernabilidad democrática. Aquí
reside una gran paradoja global que toma la forma de dilemas nacionales y
sociales y que exige resoluciones democráticas por un lado, y la renuencia a reformar
la gobernabilidad global por otra. Sera
asunto de crear otra globalización que no este fundamentado en la desigualdad
de derechos—entre países algunos países cuyos ciudadanos gozan de derecho y
otros países no soberanos (‘frágiles’) que requieren tutela e intervención de
parte de la OTAN o del FMI.
Es muy importante
que los ciudadanos/as y los gobiernos se resistan a la OTANización de la
gobernabilidad y del derecho, incluyendo la interpretación intervencionista del
estado de derecho: la denominada doctrina de ‘responsabilidad de proteger’ que incluso
se viene codificando en teoría y en la práctica. global, pacífica y
democratizada.
CONCLUSIÓN: LA
TIERRA ES DEMASIADO GRANDE PARA FRACASAR
De un lado poderosas
fuerzas corporativas y actores político-militares; del otro, las sociedades a
las que no se puede pedir simplemente que sean resistentes y vayan buscando
cómo sobrevivir, o esperar que llegue algún salvador militar externo. Pero
también otra conjugación posible: gobiernos conscientes con Naciones Unidas. Todavía desigual a menos que elaboremos una estrategia
donde convergen democráticamente personas, principalmente los pobres y mujeres, con gobiernos,
principalmente de los países pobres, para hacerle frente al reto del siglo XXI. Con ello se establece la base política del
nuevo pacto social entre los gobiernos y los pueblos con el organismo mundial.
Solamente las democracias de alta intensidad pueden cerrar las brechas de
gobernabilidad democrática que existen a nivel internacional.
Debe ser un
camino propio. En el Sur tenemos
nuestras propias epistemologías y capacidad histórica para pensar por nosotros
mismos y desarrollar nuestros propios paradigmas teóricos y políticos, en los
que las necesidades de los mercados, y las de los estados orientados hacia los
mercados, tanto en el norte como en el sur, pasan a un segundo plano, sin
sacrificar las necesidades de las comunidades.
Durante su
reciente visita a África del Sur, el profesor Sousa Santos se unió a otros
distinguidos académicos nacionales al declarar que las disciplinas en las
universidades deben ser humanizadas al incluir epistemologías africanas: “Las
universidades deben expandir los sistemas de conocimiento que consideren
válidos en el currículo y que se ofrecen a los estudiantes. Hasta ahora las
universidades han mostrado una gran dependencia del conocimiento moderno occidental,
usualmente de índole científico”. Sousa Santos dijo que estos sistemas son de
hecho válidos, pero añadió que por otro lado “si quiero ir a la luna, estoy
claro de que necesito de conocimiento científico, pero si lo que me interesa es
defender la biodiversidad de África, entonces lo que necesito son sistemas de
conocimiento locales”.
Ha llegado el
momento – el colapso financiero con sus repercusiones sociales se han traducido
en altos niveles de conciencia criticas entre los jóvenes algunos en situación
de abierta rebelión en países del Norte. Las concentración y distribución de la
riqueza forma parte de su agenda. La
gente no entiende cómo los muy ricos pudieron beneficiarse de una póliza de
seguro por parte de sus gobiernos ricos cuyos políticos aseguraban que la banca
y empresas claves eran “demasiado grande para fracasar”, aun cuando la banca y
las firmas de inversiones realizaron transacciones absurdamente riesgosas e
ilegales que les rindieron enormes ganancias. Colapsa el sistema de ‘libre’
mercado pero se recurre al papá estado benefactor. La ley los protegió. Y para las victimas—las palabras escritas un
mural durante la dictadura militar en Uruguay: “Nos quitaron la justicia y nos
dejaron la ley…”
La construcción
de paradigmas es un proceso histórico. Un patriota sudafricano Steve Biko, dijo: “Un pueblo sin una historia positiva
es como un vehículo sin máquina”. Biko lo que plantea es que el nuevo paradigma
siempre ha estado dentro está dentro de
nosotros.
Nuestra historia,
la historia del Sur es positiva. Encendamos esta máquina y pisemos el
acelerador de esta gesta histórica por la justicia social a través de un nuevo
pacto ecológico con la naturaleza.
[v] Human Rights Watch, 2008.
[vi] David Bilchitz, The Ruggie Framework:
An Adequate Rubric for Corporate Human Rights Obligations? Sur,
International Journal on Human Rights,
http://www.surjournal.org/eng/conteudos/getArtigo12.php?artigo=12,artigo_10.htm
[vii] En su libro reciente titulado With Liberty and Justice for Some: How the
Law is Used to Destroy Equality and Protect the Powerful (Con libertad y justicia para algunos: como
se utiliza la ley para destruir a la igualdad y proteger a los poderosos),
Glen Grenwald documenta la existencia de un sistema de justicia de dos pisos en
los Estados Unidos, en los que “las élites políticas y financieras están
protegidas por una inmunidad casi absoluta contra su obligación de cumplir con
la ley, aun cuando se descubre que han cometido delitos gravísimos,
mientras que los ciudadanos/as comunes y corrientes se encuentran
sujetos al estado penal más grande, severo e inmisericorde del mundo, por
triviales que hayan sido sus ofensas. Como consecuencia, la ley ha sido completamente
pervertida con relación a su intención original, que era la de garantizar
igualdad en el campo de juego para impedir la desigualdad de resultados. Hoy
día, se ha convertido en su antítesis: un arma utilizada por los más poderosos
para proteger sus bienes mal habidos, fortalecer sus prerrogativas inmerecidas,
y garantizar una creciente desigualdad de oportunidades … La ley como tal
ostenta un tremendo poder. El alcance del sistema legal no tiene paralelo en el
mundo, y pude despojar a las personas de su propiedad, libertad y aún la vida.
Puede obligar a las personas a transferir sus bienes materiales a otros,
impedir que realicen los planes que tengan, destruir sus reputaciones,
recluirlos en jaulas e incluso inyectarlos con químicos letales. La aplicación
desigual de la ley es por lo tanto no solamente injusto en teoría pero
devastador en la práctica … Cuando la ley se utiliza solamente en contra de los
más débiles, deja de ser una salvaguarda contra la injusticia y se vuelve una
herramienta primaria de opresión”.
[viii]http://www2.warwick.ac.uk/fac/soc/sociology/staff/emeritus/robertfine/home/teachingmaterial/humanrights/lecturepodcast/thompson_lecture.pdf
[ix]http://www.nytimes.com/2012/06/25/opinion/americas-shameful-human-rights-record.html?_r=0
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